Marcaje de tarjeta en empresa privada

Hola a todos !!!... soy nueva en este espacio y la verdad es que me parecio super util e interesante ,
Laboro para una empresa privada en el area de recursos humanos , debo confesar que desde que encontre este foro, el Lic Tribiano ( ese es su nick ) me ha ayudado muchisimo con solo leer respuestas que le ha dado a otros foreros .

En esta oportunidad quisiera evacuar una duda y ojala tuviera el privilegio de recibir un comentario de este señor , y por que no !! del resto de foreros que tambien tienen opiniones muy acertadas !!

Esta empresa privada no tiene reglamento interno hace un mes se le pidio a los empleados que marcaran tarjeta a los horarios que les correponde , hicimos cierre del mes de febrero , y las marcas no fueron muy efectivas , ahora la jefatura inmediata de estos empleados me solicita que :

Los que no marcan de entrada se les amoneste como ausencia injustificada .... lo puedo hacer sin incurrir en ninguna falta al codigo de trabajo y a los derechos de los trabajadores???

Como puedo amonestar a un empleado por que no marca de salida ????

Recalco : NO TENEMOS REGLAMENTO INTERNO

De antemano gracias !!!
 
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Esta empresa me suena como muchas que abundan en CR, que empezaron como negocio familiar y luego crecieron pero la siguen manejando como si fuera una pulpería...

La verda deben empezar con una reunió con todos los empleados y empezar por explicarles el porqué es importante para la empreza el marcar las horas de entrada y de salida, que la idea es mejorar todos y no mortificarlos a ellos, etc., etc., etc.

Marcar un reglamente interno de trabajo es importante siempre y cuando se involucre la desición de los empleados, es mas que demostrado que los trabajadores acatan mas los reglamentos su ellos mismos colaboraron en su elaboración, puesto que lo ven como parte de una autodisciplina, de lo contrario será visto como una imposición y eso no causa mas que reveldía con las consecuencia que ello conlleva...

Dentro del reglamento interno se incluye lo del marcar tarjetas y luego se elabora cosas mas complejas poco a poco, como horario para vacaciones y días libres....
 
Hola a todos !!!... soy nueva en este espacio y la verdad es que me parecio super util e interesante ,
Laboro para una empresa privada en el area de recursos humanos , debo confesar que desde que encontre este foro, el Lic Tribiano ( ese es su nick ) me ha ayudado muchisimo con solo leer respuestas que le ha dado a otros foreros .

En esta oportunidad quisiera evacuar una duda y ojala tuviera el privilegio de recibir un comentario de este señor , y por que no !! del resto de foreros que tambien tienen opiniones muy acertadas !!

Esta empresa privada no tiene reglamento interno hace un mes se le pidio a los empleados que marcaran tarjeta a los horarios que les correponde , hicimos cierre del mes de febrero , y las marcas no fueron muy efectivas , ahora la jefatura inmediata de estos empleados me solicita que :

Los que no marcan de entrada se les amoneste como ausencia injustificada .... lo puedo hacer sin incurrir en ninguna falta al codigo de trabajo y a los derechos de los trabajadores???

Como puedo amonestar a un empleado por que no marca de salida ????

Recalco : NO TENEMOS REGLAMENTO INTERNO

De antemano gracias !!!
Lo primero que denota es que la empresa necesita URGENTEMENTE asesoría legal profesional... Ese es mi primer consejo, con todo respeto.
Segundo, no hay problema en que le exijás a los empleados que marquen tarjeta de control de asistencia. Tengan o no reglamento de trabajo. El patrono paga su salario por tiempo de trabajo y tiene todo el DERECHO del mundo de exigirle al empleado que cumpla con su trabajo en ese horario.
Tercero, con el tema de las amonestaciones, tampoco hay problema. Se les prepara una cartita muy simple, donde se le indica que se le amonesta por llegar tarde a trabajar los días tales y cuales. Esta amonestación se hace semanal o quincenal. Lo que no se deba dejar pasar es un mes, que es el término en el que caduca el derecho patronal de amonestar por esta falta.
Cuarto, si un empleado es amonestado por llegadas tardías durante DOS MESES consecutivos, al tercer mes en el que incurre en la falta, se le podría despedir SIN RESPONSABILIDAD patronal, ya que está demostrando dos cosas: 1) una actitud de indiferencia hacia sus obligaciones como trabajador (llegar a la hora en punto) y 2) una actitud de rechazo hacia la jerarquía y el poder de dirección de la empresa, porque habiéndosele amonestado (y prevenido de la posibilidad de un despido) insiste en la conducta.
No hay nada escrito, pero lo usual es dar un tiempo de tolerancia antes de amonestar, que a veces es de 5, de 7, de 10 o de 15 minutos, pasados los cuales, procede la amonestación, pero en estricto derecho, el patrono tiene la facultad de amonestar al segundo de haber iniciado la jornada laboral.
Saludos!
 

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