El banco no me quiso recibir el dinero para poner al dia una cuenta...

Buenas tardes, hace unos días me presenté al banco a gestionar un pago por atraso en mi cuenta, lleve el dinero pero el banco no me lo quiso recibir porque ya se había pasado la cuenta a cobro judicial, según me comunicó la funcionaria del banco el día siguiente vía correo electrónico ya que ella tampoco sabía porque no me podía recibir el dinero para ponerme al día, dijo que pasaron la cuenta a cobro judicial y que solo aceptan el pago total de la cuenta con los interés por mora y los gastos administrativos pero no pueden aceptar pagos parciales, esto apesar de que la deuda vence como en 4 años, me gustaría saber que puedo hacer ya que el contrato establece que pueden embargar mis bienes...?
 
Buenas tardes, hace unos días me presenté al banco a gestionar un pago por atraso en mi cuenta, lleve el dinero pero el banco no me lo quiso recibir porque ya se había pasado la cuenta a cobro judicial, según me comunicó la funcionaria del banco el día siguiente vía correo electrónico ya que ella tampoco sabía porque no me podía recibir el dinero para ponerme al día, dijo que pasaron la cuenta a cobro judicial y que solo aceptan el pago total de la cuenta con los interés por mora y los gastos administrativos pero no pueden aceptar pagos parciales, esto apesar de que la deuda vence como en 4 años, me gustaría saber que puedo hacer ya que el contrato establece que pueden embargar mis bienes...?
Buenas, una pregunta, a usted lo notificó la Corte que tenía un cobro Judicial ?. Si no es así presentese en la corte y pone la cuenta al día, y explica que el banco no quizo recibirle el dinero a pesar de que no ha sido notiifcado oficialmemte.
 
Buen día! No he recibido ninguna notificación de una corte, pero tampoco el banco se ha puesto en contacto conmigo al respecto, más bien fui yo quien se presentó a las oficinas frente a la estatua de León Cortés y hasta la empleada del banco no me pudo dar respuesta en el momento del porque no podía ver el estado de mi cuenta, al día siguiente me notificó vía correo electrónico que no podían recibirme el dinero porque la cuenta había pasado a cobro judicial y que solo podian recibir el monto total para la cancelación de toda la cuenta, de ahí mi inquietud ya que en el pagaré establece el finiquito del contrato por por falta de pago da lugar al banco para el embargo de bienes, por eso necesito asesoría al respecto para ver que puedo hacer...
 
Buen día! No he recibido ninguna notificación de una corte, pero tampoco el banco se ha puesto en contacto conmigo al respecto, más bien fui yo quien se presentó a las oficinas frente a la estatua de León Cortés y hasta la empleada del banco no me pudo dar respuesta en el momento del porque no podía ver el estado de mi cuenta, al día siguiente me notificó vía correo electrónico que no podían recibirme el dinero porque la cuenta había pasado a cobro judicial y que solo podian recibir el monto total para la cancelación de toda la cuenta, de ahí mi inquietud ya que en el pagaré establece el finiquito del contrato por por falta de pago da lugar al banco para el embargo de bienes, por eso necesito asesoría al respecto para ver que puedo hacer...
Correcto, si usted tiene bienes a su nombre estos son embargables, casa, terreno y vehiculos, asi como de su salario lo que corresponde segun el Artículo 172 del código de trabajo. Ahora bien si a usted la corte no le ha avisado nada, imprima ese correo que el banco le envío vaya a la corte y depositele el monto para quedar la cuenta al día, entendí que eso era lo que iba a hacer. Mientras la Corte no le notifique usted puede realizar el pago de su deuda poniendola al día.
Espero le ayude en algo.
Saludos
 
Correcto, si usted tiene bienes a su nombre estos son embargables, casa, terreno y vehiculos, asi como de su salario lo que corresponde segun el Artículo 172 del código de trabajo. Ahora bien si a usted la corte no le ha avisado nada, imprima ese correo que el banco le envío vaya a la corte y depositele el monto para quedar la cuenta al día, entendí que eso era lo que iba a hacer. Mientras la Corte no le notifique usted puede realizar el pago de su deuda poniendola al día.
Espero le ayude en algo.
Saludos
Cuaqluier consulta te dejo mi número de celular, si te puedo ayudar me avisas.
Cel. 84743261
 
Correcto, si usted tiene bienes a su nombre estos son embargables, casa, terreno y vehiculos, asi como de su salario lo que corresponde segun el Artículo 172 del código de trabajo. Ahora bien si a usted la corte no le ha avisado nada, imprima ese correo que el banco le envío vaya a la corte y depositele el monto para quedar la cuenta al día, entendí que eso era lo que iba a hacer. Mientras la Corte no le notifique usted puede realizar el pago de su deuda poniendola al día.
Espero le ayude en algo.
Saludos
Muchas gracias, eso haré!
 
Buenas tardes, hace unos días me presenté al banco a gestionar un pago por atraso en mi cuenta, lleve el dinero pero el banco no me lo quiso recibir porque ya se había pasado la cuenta a cobro judicial, según me comunicó la funcionaria del banco el día siguiente vía correo electrónico ya que ella tampoco sabía porque no me podía recibir el dinero para ponerme al día, dijo que pasaron la cuenta a cobro judicial y que solo aceptan el pago total de la cuenta con los interés por mora y los gastos administrativos pero no pueden aceptar pagos parciales, esto apesar de que la deuda vence como en 4 años, me gustaría saber que puedo hacer ya que el contrato establece que pueden embargar mis bienes...?
Yo tengo una situación igual con el BN. No me dejaron pagar unas cuotas en atraso. Hay que firmar una arreglo de pago, y para el mismo es necesario presentar evidencia que ya tiene los ingresos suficientes para hacer frente al nuevo cronograma de pagos.
 
Yo tengo una situación igual con el BN. No me dejaron pagar unas cuotas en atraso. Hay que firmar una arreglo de pago, y para el mismo es necesario presentar evidencia que ya tiene los ingresos suficientes para hacer frente al nuevo cronograma de pagos.
Igual vaya a la corte y haga el depósito, eso que le piden no es legal, los arreglos de pago son compromisos que no necesitan un respaldo paa realizarlos, igual una evidencia que puedo paga,r no es un hecho feaciente que lo voy a hacer, igual pueden ocurrir muchos factores circunstanciales para no poder hacerlos. El derecho mercantil estipula que mientras usted no haya entrado en un proceso de cobro judicial usted tiene la posibilidad de poner su crédito al día.
Saludos
 
Igual vaya a la corte y haga el depósito, eso que le piden no es legal, los arreglos de pago son compromisos que no necesitan un respaldo paa realizarlos, igual una evidencia que puedo paga,r no es un hecho feaciente que lo voy a hacer, igual pueden ocurrir muchos factores circunstanciales para no poder hacerlos. El derecho mercantil estipula que mientras usted no haya entrado en un proceso de cobro judicial usted tiene la posibilidad de poner su crédito al día.
Saludos
Yo estoy en cobro judicial.
 
Entonces como le dijeron que hiciera un arreglo de pago, ahora no tienes opción más que pagar la totalidad del monto que el Juzgado ordenó.
Por el momento no me han demandado. Y todavía tengo la posibilidad de sacarlo de cobro judicial, solo que tengo que ponener al día con las seis cuotas atrasadas en tres meses, y acordar el arreglo de pago.
 
Por el momento no me han demandado. Y todavía tengo la posibilidad de sacarlo de cobro judicial, solo que tengo que ponener al día con las seis cuotas atrasadas en tres meses, y acordar el arreglo de pago.
A ver, dices que estás en cobro judicial, pero no te han demandado. Entonces no entiendo lo que me quieres decir. Si estás en cobro judicial es porque el Juzgado te notificó, si no es así entonces no estás en cobro judicial hasta que recibas la notificación. Tal vez si podría explicar mejor, la respuesta sería más acorde con la situación que plantea.

Saludos
 
A ver, dices que estás en cobro judicial, pero no te han demandado. Entonces no entiendo lo que me quieres decir. Si estás en cobro judicial es porque el Juzgado te notificó, si no es así entonces no estás en cobro judicial hasta que recibas la notificación. Tal vez si podría explicar mejor, la respuesta sería más acorde con la situación que plantea.

Saludos
Estoy en periodo de cobro judicial, llevo más de 90 días sin pagar la tarjeta de crédito. Para ellos más de 90 días ya se considera cobro judicial, aunque no haya sido demandado aún. Es una estupidez del banco. Técnicamente no estoy en cobro judicial, es la etapa que le llama el banco.
 
Estoy en periodo de cobro judicial, llevo más de 90 días sin pagar la tarjeta de crédito. Para ellos más de 90 días ya se considera cobro judicial, aunque no haya sido demandado aún. Es una estupidez del banco. Técnicamente no estoy en cobro judicial, es la etapa que le llama el banco.
OK. Te explico, el único cobro judicial que existe por ley es el del Juzgado, así que si el Juzgado no te ha notificado no EXISTE COBRO JUDICIAL, lo que el Banco diga o cualquier identidad crediticia estipule carece de valor jurídico. Lo que le aconsejo es llegar a un acuerdo de pago con en el Banco, si este no accede puede ir a realizar el depósito al Juzgado más cercano y explicar, cual es el caso.

Saludos
 
OK. Te explico, el único cobro judicial que existe por ley es el del Juzgado, así que si el Juzgado no te ha notificado no EXISTE COBRO JUDICIAL, lo que el Banco diga o cualquier identidad crediticia estipule carece de valor jurídico. Lo que le aconsejo es llegar a un acuerdo de pago con en el Banco, si este no accede puede ir a realizar el depósito al Juzgado más cercano y explicar, cual es el caso.

Saludos
Y consulta adicional, a que se refieren cuando en el Contrato se menciona la renuncia al domicilio?

Enviado desde mi JKM-LX3 mediante Tapatalk
 
Y consulta adicional, a que se refieren cuando en el Contrato se menciona la renuncia al domicilio?

Enviado desde mi JKM-LX3 mediante Tapatalk
Quiere decir, que aunque no te notifiquen te das por enterado. Esa cláusula la ponen para que no puedas alegar que no te han notificado.
 

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