Nueva ley de tránsito, rige a partir del lunes

Artículo 100.- (101)
y creo que esto es lo del GPS para camiones: <se ve mas como un sistema de tracking no es como gps como tal>

k) Todos los vehículos de carga liviana y pesada deberán contar con un dispositivo inviolable y de fácil lectura, que permita a la autoridad competente conocer la velocidad, la distancia, el tiempo y otras variables sobre su comportamiento, y permita su control en cualquier lugar del país, donde se halle el vehículo.
 
compas los que tienen buses de estudiantes <hyunday grace y similares> van a tener que andar un monton de sillas para carajillos?

en serio , no estoy jodiendo, es que todo esto tiene ramificaciones que afectan por todo lado...
Artículo 79.- (80)

  • Los conductores de vehículos automotores que deban transportar a personas menores de doce (12) años, estarán obligados a utilizar un dispositivo de seguridad, acorde con el peso y la edad de la persona menor de edad, quienes deberán viajar en el asiento trasero del vehículo.

  • En ambos casos, el dispositivo de seguridad respectivo deberá estar sujeto al asiento trasero por medio de los cinturones de seguridad y cumplir todas las especificaciones técnicas definidas reglamentariamente.
 
  • d) Queda prohibido el uso de roncadores, muflas alteradas o muflas disfrazadas de escape libre.

  • Los vehículos de los infractores de las disposiciones anteriores, serán inmovilizados mediante el retiro de sus placas, las cuales no se entregarán hasta que se verifique que ha desaparecido la causal de inmovilización, por medio del examen del vehículo realizado por las autoridades de tránsito.”
 
y si le bajan las placas:

  • Artículo 139.- (140)

  • Cuando proceda el retiro de la circulación de un vehículo, este será llevado a los lugares destinados para tales efectos.

  • Los vehículos retirados de la circulación, así como las placas decomisadas, solo serán devueltos por el Cosevi, cuando se hayan pagado los conceptos siguientes:

  • a) Las multas de tránsito aplicadas en el momento del retiro del automotor y las que se encuentren pendientes de pago, según los asientos de las licencias del conductor infractor y del propietario del vehículo.

  • b) Los costos por el acarreo y la custodia del vehículo en el depósito; salvo que haya mediado apelación y los cargos hayan sido desvirtuados, caso en el cual, de inmediato, el MOPT y el Cosevi quedan facultados para contratar, acorde con lo dispuesto en la Ley de contratación administrativa, los servicios de acarreo de vehículos y de inmuebles, para el depósito y la custodia de los vehículos detenidos.

  • Antes de la devolución del vehículo, su propietario o el interesado que acredite su legitimación deberá pagar a nombre del Cosevi, por cada día que permanezca el vehículo en el depósito respectivo, una tasa diaria igual a la fijada para los estacionamientos públicos del área central de San José, más el costo del acarreo por fijar por kilómetro recorrido, más un cincuenta (50%) por ciento de recargo, según las tarifas autorizadas por el Consejo de Transporte Público, para los servicios de grúa.

  • Si la recaudación de los montos mencionados produce excedentes, estos serán empleados en el acondicionamiento, las mejoras y la adquisición de equipos e inmuebles destinados al depósito y la custodia de los vehículos detenidos.
 
http://www.teletica.com/noticia-detalle.php?id=37893&idp=1http://www.teletica.com/noticia-detalle.php?id=37893&idp=1

El ministro dijo: Articulo No. 32 de la ley no aplica por falta de reglamento
m) Portar dos (2) triángulos de seguridad u otro dispositivo de seguridad análogo y al menos un (1) chaleco retroreflectivo verde, naranja o rojo.
n) Portar los implementos necesarios para realizar el cambio de llantas, salvo que, por la naturaleza constructiva del fabricante el vehículo no lo requiera, un (1) juego de
cables para batería y un (1) juego de herramientas básico, así como un (1) botiquín elemental o básico de primeros auxilios.

4) Requisitos específicos para la circulación de las motobicicletas, bicimotos, las motocicletas, triciclos, cuadraciclos y otros ciclomotores:

Además de los requisitos contenidos en el inciso 1) de este artículo, que le sean acordes según su naturaleza constructiva, las motobicicletas, las bicimotos, las motocicletas, los cuadraciclos y otros ciclomotores deberán cumplir lo siguiente:

a) Los vehículos de más de dos (2) ruedas deben portar dos (2) triángulos reflectantes o un (1) dispositivo de seguridad análogo y su conductor, al menos, un (1) chaleco retrorreflectivo color amarillo, verde, rojo o naranja.

Tonces, nada de eso aplica
 
Artículo 100.- (101)
y creo que esto es lo del GPS para camiones: <se ve mas como un sistema de tracking no es como gps como tal>

k) Todos los vehículos de carga liviana y pesada deberán contar con un dispositivo inviolable y de fácil lectura, que permita a la autoridad competente conocer la velocidad, la distancia, el tiempo y otras variables sobre su comportamiento, y permita su control en cualquier lugar del país, donde se halle el vehículo.

jajaja ya quiero ver cuando vaya al motel osea cero privacidad.

Compas alguien que me preste un automotor por horas acambio dejo pick up ford con tanque lleno
:ujuju::ujuju::ujuju::ujuju::ujuju::ujuju::ujuju:
 
Uy mae.. ke loco va estar esto. ya me imagino el lunes va a ser todo un doomsday ....


-operativos estupidos por todo lado cazando gente por lo que sea.
-bajando placas
-gente agarrada infraganti en el celular y multa de 380 rojos.

telenoticias haciendo un recorrido para comprobar infracciones a la ley

gente pegando salacuartazo....


Maes hasta donde yo tengo entendido lo de la silla y el booster es si ud va a andar carajillos en su carro, osea si monta a un carajillo al carro tiene que ser con esas varas, si lo paran con un carajillo sentado en pleno asiento lo multan, si ud anda solo no tiene que andar silla o booster.
 
Maes hasta donde yo tengo entendido lo de la silla y el booster es si ud va a andar carajillos en su carro, osea si monta a un carajillo al carro tiene que ser con esas varas, si lo paran con un carajillo sentado en pleno asiento lo multan, si ud anda solo no tiene que andar silla o booster.


a pura vida, he buscado esa aclaracion por dias!
 
Maes hasta donde yo tengo entendido lo de la silla y el booster es si ud va a andar carajillos en su carro, osea si monta a un carajillo al carro tiene que ser con esas varas, si lo paran con un carajillo sentado en pleno asiento lo multan, si ud anda solo no tiene que andar silla o booster.

Así es en estados pero yo tengo entendido que a como está estipulada la brillante ley de tránsito en CR, TODOS ocupan silla para carajillos.
 
Así es en estados pero yo tengo entendido que a como está estipulada la brillante ley de tránsito en CR, TODOS ocupan silla para carajillos.

Bueno mae podria ser que los maes traten de salirse por ahi, sin embargo tampoco pueden hacer valer una ley que no se estaria violando tecnicamente, cuando ud anda sin un infante en el carro, osea para que la silla o booster si un niño no esta en el carro, y tambien hoy en telenoticias vi que la ley se va a aplicar o mas bien se van a buscar todas las infracciones que atenten a la seguridad vial, en que se va a atentar ala seguridad vial si un niño no esta en el carro, seria inseguro andarlos sin silla, seria estupido andar silla sin niños no creen.
 
y yo me pregunto que pasa con los carros que vienen de fabrica con el polarizado?? como los audi o bmw ??

ah mae yo te alquilo mi carro , deporsi me gustan los carros grandes :ciupa1:
 
y yo me pregunto que pasa con los carros que vienen de fabrica con el polarizado?? como los audi o bmw ??

ah mae yo te alquilo mi carro , deporsi me gustan los carros grandes :ciupa1:

ahora a las 5 un mae del transito hablo en radio, un trafico.

la gente le pregunto al mae. en 93.9...

la cosa es ke el mae dijo ke los que lo traen de fabrica, es decir si el vidrio es negro como las botellas, pues nada que hacer.

si es papel ellos lo toman como que es modificacion y hay ke rasparlo, aunque sea ke se lo puso la purdy, euro autos o la volvo... si no es el vidrio per se, pues... cuchilla.


imaginate, que, segun ese senor, ni siquiera esas calcas de familia y el perro se peuden usar, ni los marchamos de las zonas francas....

es todo una tontera, yo lo entiendo y todos aca, pero la gente del transito y los diputados, pues parece ke no....
 
ahora a las 5 un mae del transito hablo en radio, un trafico.

la gente le pregunto al mae. en 93.9...

la cosa es ke el mae dijo ke los que lo traen de fabrica, es decir si el vidrio es negro como las botellas, pues nada que hacer.

si es papel ellos lo toman como que es modificacion y hay ke rasparlo, aunque sea ke se lo puso la purdy, euro autos o la volvo... si no es el vidrio per se, pues... cuchilla.


imaginate, que, segun ese senor, ni siquiera esas calcas de familia y el perro se peuden usar, ni los marchamos de las zonas francas....

es todo una tontera, yo lo entiendo y todos aca, pero la gente del transito y los diputados, pues parece ke no....

pues si me parece una estupidez , la verdad no se a quien se le ocurrio esas hp modificaciones , solo gasto de dinero y por idiotez , yo creo que todo debiera tener su razon de ser , quisiera saber en que perjudica que tengan calcas del zaguate o de la familia o el polarizado ??? creo que como siempre los ticos dejamos que nos metan 30 cm de aquello que les conte!!!!

Ahora como es un extintor de 2kilos ?? cuanto vale ?? es una inversion bien grande...
 
me van a decir que no se van a permitir polarizados en los vidrios laterales??? hasta los mercedes benz vienen polarizados!! WTF
 
Buenas dissculpen que les haga esta pregunta pero va relacionado, en todo lado dicen que entra la nueva ley, no solo multas, esto viene a cambiar en algo la forma de obtener la licencia??????
 
Lo de la silla y el booster es únicamente si se llevan niños, sería tonto pensar que van a exigir esas cosas si no se andan niños en el carro.
 

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