Si se le hiciera caso y se aprobara en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley presentado por el sector privado, pronto los patronos podrían variar las jornadas de trabajo de sus empleados, adelantar vacaciones anuales y dar las acumuladas, reducir la jornada de trabajo y hasta disminuir los salarios y beneficios de funcionarios de altos ingresos.
Lo anterior se contiene en un proyecto de ley presentado ayer por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del sector Empresarial Privado (Uccaep) ante la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea.
Ahora el texto deberá ser respaldado al menos por un diputado para que se estudie en la Comisión correspondiente, que haría las recomendaciones de corrección, para pasarlo después a votación del Plenario Legislativo.
VACACIONES CUANDO CREA PATRONO
La iniciativa contempla cuatro medidas específicas para que los empleadores puedan aplicar de manera temporal y con la autorización del Ministerio de Trabajo. En el proyecto se señala que las medidas serían temporales, como máximo seis meses, cuando se determine que el país atraviesa una crisis económica. Para saber si se está o no en esa condición, basta con que el Indicador Mensual de Actividad Económica (IMAE) se reduzca al menos durante tres meses consecutivos.
Lo primero que piden es que el patrono pueda adelantarle al trabajador los días de vacaciones pendientes o adelantarle los del siguiente periodo, para evitar que haya mucho empleado libre cuando la exigencia de producción sea mayor. Lo segundo es autorizar al empleador cambiar la jornada ordinaria de los trabajadores. Esto es pasar a los trabajadores de la noche al horario de la mañana o el mixto.
MENOS HORAS LABORADAS
Otra de las propuestas es que se pueda reducir hasta en una tercera parte, el número de horas de la jornada ordinaria de trabajo semanal, es decir, se pagaría el mismo valor por hora laborada pero se trabajaría menos, por ende, un pago menor para el empleado.
La última medida que comprende el proyecto es de permitirle al patrono disminuir el salario y otros beneficios a los trabajadores cuyo ingreso sea mayor a dos veces el salario exento de impuesto de renta (actualmente ¢585 mil). La suma máxima a rebajar se aplicaría sobre el salario líquido y dependerá del ingreso de cada empleado.
El presidente de la Unión de Cámaras, Manuel H. Rodríguez, sostiene que las medidas buscan proteger el empleo en el país, para que los patronos tengan a mano alternativas distintas al despido o finiquito de contrato.
“Actualmente, solo esas dos cosas se permiten dentro del código de trabajo. Lo que pretendemos es una flexibilización”, enfatizó.
El asesor de Uccaep, Marco Durán, quien participó directamente de la redacción del proyecto, aseguró que por ningún lado se viola el código de trabajo, pues hay contrapartidas que benefician al trabajador.
LA PROPUESTA EN LÍNEAS
Disfrute de vacaciones acumuladas y adelanto de vacaciones anuales.
Sustitución del tipo de jornada ordinaria de trabajo.
Disminución de la jornada de trabajo
Reducción de salarios y beneficios a trabajadores que ganen más de ¢1 millón 170 mil.
Para poder aplicar las medidas, el patrono debe estar al día con el pago de las cargas sociales y tributos correspondientes.
El patrono debe comunicar al Ministerio de Hacienda que quiere aplicar las medidas, con una justificación.
Ningún empleado puede ser objeto de más de una reforma y debe ser avisado previamente. Si no acepta puede pedir las prestaciones o ser despedido.
Me parece ami que ya se estan pasando con ese timito de la crisis.
Fuente: http://www.diarioextra.com/2009/febrero ... ales13.php
Lo anterior se contiene en un proyecto de ley presentado ayer por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del sector Empresarial Privado (Uccaep) ante la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea.
Ahora el texto deberá ser respaldado al menos por un diputado para que se estudie en la Comisión correspondiente, que haría las recomendaciones de corrección, para pasarlo después a votación del Plenario Legislativo.
VACACIONES CUANDO CREA PATRONO
La iniciativa contempla cuatro medidas específicas para que los empleadores puedan aplicar de manera temporal y con la autorización del Ministerio de Trabajo. En el proyecto se señala que las medidas serían temporales, como máximo seis meses, cuando se determine que el país atraviesa una crisis económica. Para saber si se está o no en esa condición, basta con que el Indicador Mensual de Actividad Económica (IMAE) se reduzca al menos durante tres meses consecutivos.
Lo primero que piden es que el patrono pueda adelantarle al trabajador los días de vacaciones pendientes o adelantarle los del siguiente periodo, para evitar que haya mucho empleado libre cuando la exigencia de producción sea mayor. Lo segundo es autorizar al empleador cambiar la jornada ordinaria de los trabajadores. Esto es pasar a los trabajadores de la noche al horario de la mañana o el mixto.
MENOS HORAS LABORADAS
Otra de las propuestas es que se pueda reducir hasta en una tercera parte, el número de horas de la jornada ordinaria de trabajo semanal, es decir, se pagaría el mismo valor por hora laborada pero se trabajaría menos, por ende, un pago menor para el empleado.
La última medida que comprende el proyecto es de permitirle al patrono disminuir el salario y otros beneficios a los trabajadores cuyo ingreso sea mayor a dos veces el salario exento de impuesto de renta (actualmente ¢585 mil). La suma máxima a rebajar se aplicaría sobre el salario líquido y dependerá del ingreso de cada empleado.
El presidente de la Unión de Cámaras, Manuel H. Rodríguez, sostiene que las medidas buscan proteger el empleo en el país, para que los patronos tengan a mano alternativas distintas al despido o finiquito de contrato.
“Actualmente, solo esas dos cosas se permiten dentro del código de trabajo. Lo que pretendemos es una flexibilización”, enfatizó.
El asesor de Uccaep, Marco Durán, quien participó directamente de la redacción del proyecto, aseguró que por ningún lado se viola el código de trabajo, pues hay contrapartidas que benefician al trabajador.
LA PROPUESTA EN LÍNEAS
Disfrute de vacaciones acumuladas y adelanto de vacaciones anuales.
Sustitución del tipo de jornada ordinaria de trabajo.
Disminución de la jornada de trabajo
Reducción de salarios y beneficios a trabajadores que ganen más de ¢1 millón 170 mil.
Para poder aplicar las medidas, el patrono debe estar al día con el pago de las cargas sociales y tributos correspondientes.
El patrono debe comunicar al Ministerio de Hacienda que quiere aplicar las medidas, con una justificación.
Ningún empleado puede ser objeto de más de una reforma y debe ser avisado previamente. Si no acepta puede pedir las prestaciones o ser despedido.
Me parece ami que ya se estan pasando con ese timito de la crisis.
Fuente: http://www.diarioextra.com/2009/febrero ... ales13.php